- Israel
- Próximas Convocatorias
- Visto: 1001
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Israel
- Próximas Convocatorias
- Visto: 1001
Convocatoria.
- Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
- Línea 2: Accesibilidad en edificios residenciales colectivos.
Objeto
Fomentar la accesibilidad en edificios residenciales colectivos.
Beneficiarios
Comunidades de propietarios/as y agrupaciones según Ley de Propiedad Horizontal.
Conceptos subvencionables
Instalaciones de accesibilidad física:
- Ascensores, salvaescaleras, rampas y automatismos en puertas.
- Medidas para facilitar la autonomía de personas con movilidad reducida y adecuación para personas con discapacidad sensorial o intelectual.
Elementos de orientación y comunicación:
- Señales luminosas, vibrotáctiles, visuales y sonoras que faciliten la orientación y seguridad en ascensores.
Apoyo a la audición:
- Bucles magnéticos y otros dispositivos para mejorar la accesibilidad auditiva.
Dispositivos electrónicos de comunicación:
- Sistemas como videoporteros que brinden información visual y auditiva.
Sistemas de emergencia en ascensores:
- Alarma visual y auditiva en cabinas de ascensor y otros sistemas de emergencia.
Tecnología y domótica:
- Instalaciones para autonomía de personas mayores o con discapacidad.
Adaptaciones en el interior:
- Ampliación de espacios de circulación y adecuación de baños y cocinas para accesibilidad, cumpliendo el Código Técnico de Edificación.
Elementos de seguridad de utilización y accesibilidad:
- Instalaciones que mejoren la accesibilidad y seguridad de uso en cumplimiento del Documento Básico DB-SUA del Código Técnico de la Edificación.
Además, son subvencionables los costos de proyectos, honorarios técnicos, certificados, y gastos administrativos y fiscales asociados
Requisitos
- Comunidades de propietarios/as y agrupaciones que promuevan mejoras de accesibilidad.
- Al menos el 50% de las unidades de convivencia en el edificio debe tener ingresos inferiores a cuatro veces el IPREM.
- Las viviendas deben cumplir con la antigüedad mínima de haber sido terminadas antes de 2006, excepto si residen en ellas personas con discapacidad o mayores de 65 años.
- Se requiere un informe técnico que justifique la necesidad de las actuaciones para la accesibilidad.
Cuantía
Porcentaje máximo de subvención:
- Generalmente, 60% del coste de las actuaciones subvencionables.
- 80% si en el edificio residen personas con discapacidad o mayores de 65 años.
- 100% en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada según el Real Decreto 853/2021.
Cuantías máximas por vivienda:
- Para viviendas en edificios residenciales colectivos, la cuantía máxima es de 6.000 euros por vivienda.
- Incrementos adicionales:
- Hasta 15.000 euros si reside una persona con discapacidad.
- Hasta 18.000 euros si la persona tiene una discapacidad reconocida de al menos el 33%.
- Incremento de 3.000 euros adicionales si el edificio está declarado Bien de Interés Cultural, catalogado, o tiene protección especial.
Plazo de solicitud
- Del 11 de marzo al 10 de abril de 2025.
Procedimiento de solicitud
- Dirigida a la Delegación Territorial correspondiente.
- Presentación online en el portal de la Junta de Andalucía.
MÁS INFORMACIÓN EN:
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Orden de 22 de octubre de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/211/4
Extracto de la Orden de 22 de octubre de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.







