La reforma de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia ha dado un paso decisivo en su tramitación parlamentaria.
El 1 de julio de 2026, la Ponencia del Congreso de los Diputados encargada de estudiar las enmiendas aprobó el texto del Proyecto de Ley por mayoría. Con ello, la iniciativa pasa ahora a la Comisión de Derechos Sociales y Consumo, que elaborará el dictamen que posteriormente será sometido a votación en el Pleno del Congreso. Si obtiene el respaldo parlamentario previsto, el texto continuará su tramitación en el Senado antes de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.
El acuerdo alcanzado cuenta con el apoyo de la mayoría de los grupos parlamentarios que respaldan al Gobierno, mientras que PP y Vox no apoyaron el texto en esta fase de la tramitación. Tanto el Ministerio de Derechos Sociales como el movimiento asociativo de la discapacidad, representado por el CERMI, han apelado a que la norma sea finalmente aprobada con el mayor consenso parlamentario posible, dada su trascendencia social.
Principales novedades de la reforma.
La reforma pretende adaptar la legislación española al nuevo artículo 49 de la Constitución y a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, impulsando un cambio de modelo basado en los derechos humanos, la autonomía personal y la vida independiente.
Entre las principales medidas destacan:
Refuerzo de la financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con el objetivo de mejorar su sostenibilidad y reducir los tiempos de espera.
Impulso de un nuevo modelo de cuidados, dando prioridad a la permanencia de las personas en su entorno habitual, la atención comunitaria y los apoyos personalizados frente a modelos institucionalizadores.
Fortalecimiento de la asistencia personal, consolidándola como un recurso esencial para promover la vida independiente y la inclusión en la comunidad.
Mejora de la coordinación entre los sistemas de discapacidad y dependencia, favoreciendo una atención más integrada y evitando duplicidades administrativas.
Establecimiento de una pasarela entre los sistemas de dependencia y discapacidad, mediante el reconocimiento automático de un grado de discapacidad a las personas con una situación de dependencia reconocida, simplificando los trámites administrativos y facilitando el acceso a los derechos, prestaciones y beneficios asociados.
Actualización de los derechos de las personas con discapacidad, reforzando las garantías de igualdad, accesibilidad universal, inclusión social y no discriminación conforme al nuevo marco constitucional.
Mayor reconocimiento del papel de las entidades del tercer sector, que participan activamente en la prestación de apoyos y servicios dirigidos a las personas con discapacidad y en situación de dependencia.
Reivindicaciones aún planteadas durante la tramitación.
Diversas organizaciones han solicitado que durante la fase final del procedimiento parlamentario se incorporen nuevas mejoras al texto.
El CERMI ha manifestado su satisfacción por el avance de la reforma y confía en que la ley obtenga un amplio respaldo parlamentario. Por su parte, la Confederación Nacional de Entidades de ELA (ConELA) ha solicitado que la norma incluya expresamente:
la eliminación del copago en determinados apoyos esenciales; el reconocimiento de la asistencia personal como un derecho plenamente garantizado dentro del sistema de dependencia; una mayor coordinación entre el reconocimiento de la dependencia y la discapacidad, incluyendo sus efectos fiscales.
Durante el mes de julio está previsto que el Proyecto de Ley complete su tramitación en el Congreso mediante su aprobación en Comisión y, posteriormente, en el Pleno. Una vez superada esta fase, será remitido al Senado para continuar su tramitación legislativa. Si no se producen modificaciones sustanciales, la reforma podría quedar definitivamente aprobada en los próximos meses y entrar en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.