Recomendaciones sobre las Medidas de Prevención y Protección en el ámbito sociosanitario frente al COVID-19 del Consejo Asesor de Alertas de Andalucía
En la reunión celebrada el día 17 de enero de 2023 del Consejo Asesor de Alertas de
Salud Pública de Alto Impacto de Andalucía, con relación a la infección por COVID-19
en el ámbito sociosanitario se adoptaron las siguientes recomendaciones para el
ámbito sociosanitario.
Nota: Estas recomendaciones estarán vigentes hasta el día 21 de febrero de 2023, fecha
de la próxima reunión del Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de
Andalucía, en la que se actualizarán las mismas en función de la situación
epidemiológica.
Declaración de brote en el ámbito sociosanitario
1. La declaración de un brote por COVID-19 en este ámbito al Sistema de Vigilancia
de Andalucía se realizará tras la detección de un solo caso confirmado en
residentes o tres casos en trabajadores.
2. Esta declaración se realizará de forma inmediata con objeto de iniciar las
actividades pertinentes para el control del mismo por parte del Sistema Sanitario
Público de Andalucía (SSPA).
Fortalecimiento de las medidas de prevención y vigilancia en centros
sociosanitarios:
Consejería de Salud y Consumo
Dirección General de Atención Sociosanitaria,
Salud Mental y Adicciones
1. Incremento de las coberturas de vacunación ante la COVID-19 en las personas
residentes y trabajadoras de centros sociosanitarios.
2. Refuerzo de la gestión de la enfermera gestora de casos y de los servicios de salud
pública en los centros sociosanitarios, implementando los circuitos de detección
precoz de casos y control de brotes a partir de 1 solo caso confirmado entre
residentes.
3. Secuenciación SARS COV-2 en muestras obtenidas en brotes en centros
sociosanitarios. Generalmente será suficiente una muestra por brote, hasta un
máximo de 5 muestras en brotes con afectación de numerosos residentes. Los
profesionales del SSPA enviarán las muestras al laboratorio de referencia y la
Unidad de Epidemiología de Atención Primaria deberá asegurar este circuito.
4. Garantía del cumplimiento de los grupos estables de convivencia en los centros
sociosanitarios.
5. Facilitación de las visitas y salidas, efectuadas según los criterios establecidos en
el reglamento del régimen interior del centro sociosanitario anterior a la
pandemia.
6. El número de visitas en centros sociosanitarios residenciales se debe adecuar a la
capacidad estricta que permita mantener las distancias de seguridad, propiciando
las visitas al aire libre y en lugares bien ventilados.
7. Recuperación del registro de cada visita y de cada salida, indicando a cualquier
visita que debe abstenerse en caso de presentar síntomas.
8. Recuerdo de la obligatoriedad en el uso de las mascarillas en:
o Todos los espacios comunes de las residencias, tanto para visitantes como
para trabajadores.
o El interior de los centros sociosanitarios.
o Transportes públicos en general.
Recomendaciones generales:
1. En consonancia con las recomendaciones actuales de la Organización Mundial de
la Salud, y dado que en esta época del año se usan fundamentalmente los espacios
interiores, se aconseja especialmente a personas de colectivos vulnerables
(mayores, personas inmunodeprimidas, etc.) usar mascarillas en aquellos lugares
interiores en los que exista aglomeración de personas sin poder mantener la
distancia de seguridad.
2. Recordar la utilidad de usar mascarillas por parte de cualquier persona que tenga
síntomas respiratorios en su interacción con otras personas vulnerables (en este
caso, absteniéndose de visitar centros sociosanitarios).
3. Insistir en reforzar las medidas de prevención que han demostrado su eficacia,
especialmente en centros residenciales, como ventilación de interiores, higiene de
manos, controles de humedad ambiental, distancia social y la creación de grupos
burbuja, así como la actualización de los planes de contingencias en los centros
residenciales de mayores y sociosanitarios en general.
Sevilla, a 19 de enero de 2023
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA, SALUD MENTAL Y ADICCIONES
FUENTE DE LA INFORMACIÓN: JUNTA DE ANDALUCÍA







