RESUMEN DECRETO 14/2022
RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA
Se declara la incompatibilidad de la prestación autonómica con la estatal, evitando generar futuros procedimientos de reintegros por pagos indebidos a personas y familias que luchan contra la pobreza en su hogar.
Como excepción, se declara la compatibilidad de la Renta Mínima de Inserción Social y el Ingreso Mínimo Vital incluyendo la Ayuda para la infancia para las personas que se encuentren en una de las situaciones establecidas como urgencia o emergencia social.
Asimismo, las familias que no pueden ser beneficiarias de la prestación mínima estatal, podrán solicitar la Renta Mínima de Inserción Social y ser beneficiarias si cumplen los requisitos establecidos.
BONO SOCIAL TÉRMICO
Con el único fin de poder determinar el importe de la ayuda del bono social térmico y proceder a su pago, se procede a regular la exigencia a las comercializadoras de referencia de remitir información imprescindible en la concesión y pago de estas ayudas, antes del 31 de enero de cada año.
TÍTULO FAMILIA NUMEROSA
Se adoptan medidas de simplificación del procedimiento de expedición del título de familia numerosa, incorporando en algunos casos el uso de una declaración responsable en sustitución de documentación acreditativa de determinadas situaciones
Se impone el procedimiento de la declaración responsable en los casos de solicitud de renovación del título de familia numerosa, cuando no se han producido alteraciones o modificaciones en las circunstancias familiares.
Se faculta al centro directivo competente en materia de familias a, mediante resolución, determinar plazos de vigencia extraordinaria del título de familia numerosa.
Se garantiza la continuidad de la vigencia de los títulos cuya renovación ha sido solicitada entre el 1 de marzo de 2022 y 31 de diciembre de 2022, y no han recibido resolución por el órgano competente.
TARJETA ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD
Queda modificado el procedimiento para la concesión la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad eliminándose lo que hasta ahora estaba dispuesto para la solicitud, el lugar y la forma de presentación de la solicitud y lo relativo a la Expedición y entrega de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.
Se justifica esta medida en base a que, en un principio, se estableció un procedimiento para su concesión, pero en este momento, el procedimiento ya no es necesario, ya que la tarjeta es esencialmente acreditativa del grado. Y conseguido un grado igual o superior al 33%, la tarjeta se entrega automáticamente junto a la resolución administrativa que lo establece. La existencia de un procedimiento, con solicitud, resolución, pie de recurso, etc, genera mucha confusión en la ciudadanía y trabajo innecesario en los Centros de Valoración y Orientación que tramitan este procedimiento.
(Desde Andalucía Inclusiva COCEMFE aunque nos alegra que se busquen medidas para aligerar los CVO, nos preocupa que esta medida pueda causar un problema para aquellas personas a las que se les ha reconocido el grado de discapacidad mediante un procedimiento judicial y a quien el CVO no les emite la tarjeta de forma automática, a partir de ahora quedan en el limbo sin un procedimiento por el que poder solicitar su tarjeta)
TARJETA DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILLIDAD REDUCIDA
La tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida se otorgará con carácter indefinido. No obstante, cuando el reconocimiento del grado de discapacidad tenga carácter provisional, la tarjeta se concederá por el plazo de revisión del grado de discapacidad correspondiente.
(Desde Andalucía Inclusiva COCEMFE, aunque nos alegra que se busquen medidas para desatascar los CVO, nos preocupa que esta medida pueda agravar la problemática del abuso de las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, puesto que al no fijar la caducidad de estas tarjetas se facilita que se abuse del uso de esta tarjeta eliminando una medida de control).







